| Administrar los recursos provenientes de la contribución parafiscal, creada en el artículo 40 de la Ley 300 de 1996, los cuales se destinan exclusivamente a los planes de promoción y mercadeo turístico y a fortalecer y mejorar la competitividad del sector turístico para incrementar el turismo nacional e internacional, recursos que se someten a los lineamientos de la “Política Turística” definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |